Capsula Tributaria

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Capsula Tributaria

Capsula Tributaria

El pasado 19 de noviembre, el Pleno del Congreso aprobó el Decreto 31-2024, denominado “Ley para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario”. En la actualidad, dicho decreto se encuentra pendiente de sanción o veto por parte del Presidente de la República.

Es relevante destacar algunos aspectos esenciales de la ley, los cuales, tras su publicación, podrán ser objeto de un análisis más detallado. A continuación, se mencionan los puntos más significativos:

  1. Creación de regímenes especiales de tributación simplificada, instaurando un sistema de monotributo. Los dos regímenes establecidos son los siguientes:

  • Régimen Especial de Producción y Comercialización de Productos Agrícolas y de Artesanías.
  • Régimen Especial de Producción y Comercialización de Productos del Sector Pecuario, Hidrobiológico y Apícola.

En ambos regímenes, los contribuyentes deberán pagar un impuesto definitivo equivalente al 1.5% sobre sus ventas brutas, con ciertas variaciones, tales como los casos de proveedores específicos o aquellos cuyo producto esté destinado a la exportación.

Este sistema ofrece un beneficio fiscal a los contribuyentes que actualmente se encuentran en otros regímenes con una carga tributaria más alta, lo que hace que este nuevo régimen resulte atractivo debido a su simplicidad y menor complejidad administrativa. Sin embargo, es necesario evaluar las implicaciones en los casos donde los contribuyentes experimenten pérdidas en sus actividades económicas, ya que la ley no contempla disposiciones al respecto.

Por otro lado, se espera que la Administración Tributaria logre fomentar la formalización de muchos productores que actualmente operan en la informalidad, mediante la facilidad que ofrece este régimen, lo que permitiría ampliar la base tributaria del país.

  1. Modificación del monto máximo de facturación para permanecer en el régimen de Pequeño Contribuyente.

A partir de la nueva legislación, este umbral será ajustado anualmente con base en el salario mínimo autorizado, elevándose de GTQ 150,000 a un monto superior a los GTQ 400,000, tomando como referencia el salario vigente para este año. No obstante, será necesario considerar los ajustes que puedan realizarse para el año 2025.

Esta modificación también beneficiará a muchos pequeños comercios, incluidos profesionales y técnicos que prestan servicios de manera individual, al permitirles reducir su carga tributaria al acogerse a este régimen simplificado, con un impuesto definitivo más bajo y menos complejo de calcular.

  1. Disposición transitoria para la presentación extemporánea o rectificación de declaraciones. .

Se incluye una medida que permite a los contribuyentes omisos o aquellos que deseen modificar declaraciones ya presentadas, hacerlo con sanciones reducidas en comparación con las que actualmente se aplican.

Es importante resaltar que la promulgación final de la ley depende de la sanción o veto del Presidente, y de la posterior emisión del reglamento que debe acompañar esta normativa. En este sentido, se recomienda estar atento a la fecha de publicación oficial del decreto y considerar las acciones que los contribuyentes podrían adoptar para aprovechar los beneficios de esta nueva legislación.

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